El ordenamiento territorial y la planificación urbana cumplen un rol fundamental en la prevención y mitigación del riesgo de desastres, en los procesos de reconstrucción post-desastre y, en definitiva, en la resiliencia urbana. Así lo plantea el Marco de Acción de Sendai (2015), el cual promueve la inclusión de la prevención y gestión del riesgo de desastres (GRD) en los mecanismos de ordenamiento territorial y planificación urbana, para que aseguren la seguridad de la población y guíen los procesos de relocalización post-desastre. Si bien la GRD se ha convertido en un tema relevante para el desarrollo urbano y la seguridad de las comunidades, la implementación de políticas públicas adecuadas aún está al debe en muchos aspectos.
La eficacia de la planificación urbana en la GRD depende en gran medida del marco reglamentario e institucional. Chile es el país más expuesto a desastres de la OCDE. Un 54% de la población y un 12,9% de la superficie nacional están expuestas a tres o más tipos de amenazas (CREDEN, 2016). Por otro lado, el cambio climático está aumentando los fenómenos meteorológicos extremos, como las sequías, incendios en la interfaz urbano-rural y las inundaciones.
El riesgo de desastres en las zonas urbanas surge del proceso coevolutivo entre los sistemas humanos y ambientales, siendo el resultado de las amenazas naturales, de las condiciones sociales y las intervenciones
ambientales. Gran parte de las amenazas corresponden a fenómenos naturales, pero la ocurrencia de las amenazas en áreas ocupadas por comunidades e infraestructuras críticas para la vida humana deriva en el desastre, constituyendo lo que conocemos como “riesgo”, medida por su costo en daños a la infraestructura, al entorno construido y a las actividades económicas, multiplicada por la vulnerabilidad.
En Chile, la planificación urbana y territorial se inserta en un ordenamiento jurídico en el que operan múltiples normas de diversas jerarquías y contenidos. Las competencias, ámbitos de acción, y procesos de elaboración de los instrumentos de planificación territorial se encuentran regulados principalmente en la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, siendo interpretados por las circulares emitidas por la División de Desarrollo Urbano- MINVU y los Dictámenes de la Contraloría General de la República. Sin embargo, los instrumentos normativos relativos a la planificación urbana y territorial no están suficientemente
integrados a un enfoque de Gestión de Riesgos de Desastres (GRD), en donde esta fragmentación institucional se hace crítica especialmente en la zona costera. En este sentido, existen instrumentos normativos de carácter legal e infra legal desde el ámbito de la planificación territorial y urbana que son claves desde dicho enfoque, como son en general las normas urbanísticas y en especial las áreas de riesgo.
La planificación urbana en Chile es fundamentalmente de carácter normativo. Los principales instrumentos de planificación territorial (IPT) son los Planes Reguladores Metropolitanos (PRM), Intercomunales (PRI), Comunales (PRC), Seccionales (PS) y Planos Seccionales de Detalle. Recientemente, se incorporaron los Planes Regionales de Ordenamiento Territorial (PROT), los cuales establecen una macro-zonificación del territorio regional y deberán ser coherentes con la Estrategia Regional de Desarrollo. Actualmente, los PRM y PRI son elaborados por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y los PRC por los municipios. Sin embargo, muchas veces los IPT son elaborados por consultoras privadas que se adjudican los estudios mediante licitación pública.








